La primera cuota del aguinaldo de Brasil debe pagarse antes del 30 de noviembre a los empleados contratados bajo el régimen laboral CLT y a los funcionarios públicos. Este año, la fecha límite cae en lunes. Los empleadores pueden pagar el beneficio en dos cuotas: la primera, entre febrero y noviembre, y la segunda, antes del 20 de diciembre. Como este año el 20 de diciembre cae en domingo, la segunda cuota debe pagarse antes del viernes 18 de diciembre.
El beneficio está disponible para empleados CLT, funcionarios públicos, jubilados y pensionistas cubiertos por el sistema nacional de seguridad social o por regímenes del sector público, así como para quienes reciben ciertas prestaciones de seguridad social. Los trabajadores deben haber trabajado al menos 15 días en un mes para que este se tenga en cuenta en el cálculo. Los beneficiarios de Bolsa Família y del Beneficio de Prestación Continuada (BPC), así como los trabajadores informales, autónomos y pasantes, no tienen derecho al aguinaldo.
El monto depende de la cantidad de meses trabajados durante el año y se calcula en función del salario. Para estimarlo, se divide el salario de noviembre entre 12 y se multiplica el resultado por la cantidad de meses que reúnen los requisitos. La primera cuota equivale a la mitad de ese monto. Por ejemplo, un trabajador que gana R$4,000 y trabajó de julio a noviembre recibiría una primera cuota de R$666.66, calculada sobre cuatro meses computables.
A la primera cuota no se le aplican deducciones fiscales. La segunda está sujeta a cotizaciones de seguridad social y, cuando corresponda, al impuesto sobre la renta. La exención del impuesto sobre la renta anunciada para las personas que ganan hasta R$5,000 también se aplica al aguinaldo. Las horas extra frecuentes, los recargos por trabajo nocturno y las comisiones pueden aumentar el monto calculado. Las ausencias injustificadas pueden reducirlo si dejan al empleado con menos de 15 días trabajados en un mes.
Los empleadores también pueden pagar el beneficio en una sola cuota, aunque no hay consenso sobre si ese pago debe realizarse antes del 30 de noviembre o del 20 de diciembre. Los especialistas recomiendan pagarlo en noviembre. El monto también puede pagarse durante las vacaciones del empleado o el día de su cumpleaños, como puede ocurrir con los funcionarios públicos. Los jubilados y pensionistas cubiertos por el INSS recibieron su aguinaldo en abril y mayo de este año.
Los trabajadores con licencia médica tienen derecho a un pago proporcional: el empleador cubre los primeros 15 días de licencia; después, la responsabilidad del pago pasa al INSS. En los contratos intermitentes, el aguinaldo se paga proporcionalmente a los días trabajados.
Si un empleador no cumple el plazo de pago, los trabajadores pueden solicitarlo por escrito y conservar comprobantes, como recibos de sueldo y justificantes de pago. También pueden comunicarse con su sindicato, denunciar el problema a través de los canales de inspección del Ministerio de Trabajo y Empleo o reclamar el pago ante los tribunales laborales. Los convenios colectivos pueden establecer reglas y sanciones específicas por retrasos en el pago. Un abogado laboralista citado en el informe original recomendó que los empleadores paguen antes del día hábil anterior cuando una fecha límite cae en un día no laborable.
Fuentes: Folha Mercado.